EN CUANTO AL DEFENSOR DEL PUEBLO,
UN
LLAMADO A LA CONCIENCIA CIUDADANA
contribuir a preservar y proteger los derechos, garantías y
privilegios que otorgan las constituciones, las leyes y los principios
generales del Derecho a los ciudadanos y habitantes de la nación; así como
también, supervisar, mediar y corregir los excesos, abusos y violaciones que,
contra éstos, cometan los administradores de los poderes públicos o de aquellas
empresas privadas que prestan servicios públicos. En cuanto a su sustentación
legal se refiere, en Dominicana, dicha estatal figura, posee rango
constitucional (Art.:190 al 192) y una ley (la 19-01) desglosa cuales son las
funciones a él inherentes.
Si observamos bien lo antedicho, colegiremos
que,
Muchos dominicanos (entre ellos hasta algunos candidatos a defensores del pueblo)piensan
Autor: Rodolfo Cuevas©: 9/10/2010;
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